Artículo 48. Aguas, Islas y Espacio Aéreo
Artículo 48. Aguas, Islas y Espacio Aéreo
¿Qué dice el Artículo 48 de la Constitución?
¿Qué dice el Artículo 48 de la Constitución?
Las islas, los cayos y arrecifes de los mares adyacentes que pertenezcan al territorio nacional, la plataforma continental, los zócalos submarinos de las islas, de los cayos y arrecifes, los mares territoriales, las aguas marítimas interiores y el espacio situado sobre el territorio nacional, dependerán directamente del Gobierno de la Federación, con excepción de aquellas islas sobre las que hasta la fecha hayan ejercido jurisdicción los Estados.
¡Tú voz es muy importante!
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