Querella (definición)

Glosario de Términos Constitucionales

¿Qué significa "querella"?

Querella:

Acto por el que el fiscal o un particular ejercen ante un juez o un tribunal la acción penal contra quienes se estiman responsables de un delito.

También, en derecho de menores, escrito que se somete al Tribunal describiendo la falta que se le imputa al menor.

Artículos de la Constitución que mencionan este término: